.
  • Agregar a Technorati
  • Agregar a Del.icio.us
  • Agregar a DiggIt!
  • Agregar a Yahoo!
  • Agregar a Google
  • Agregar a Meneame
  • Agregar a Furl
  • Agregar a Reddit
  • Agregar a Magnolia
  • Agregar a Blinklist
  • Agregar a Blogmarks

CAPITULO 8

8.
CLAUSULAS TRANSITORIAS

Artículo Nº 204:
El Concejo Deliberante en su próximo mandato, deberá aprobar la Ordenanza que sancione la Carta Ambiental de la ciudad. La próxima Ordenanza Presupuestaria deberá incluir la partida correspondiente a la elaboración de la Carta Ambiental. Para ello, se elegirá una comisión a ese efecto con la participación efectiva de la ciudadanía. La misma deberá contemplar entre otros aspectos, las referidas a la educación ambiental, el uso adecuado del agua, el reciclado de la basura y la eliminación de residuos patológicos.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Alguna vez contaremos en nuestra ciudad con gente capacitada para resolver un tema tan sensible a todos? Seguramente exiten profesionales capacitados para esta cuestión tan importante......lograremos contar con uno de ellos en la función municipal?
Cuando la salud y la prevención sean temas importantes para nuestras autoridades, seguramente encontrarán gente preparada para ocupar tan espero espacio.

Anónimo dijo...

A los responsables del municipio
alguna vez controlaran a los estranjeros por ej. los Bolivianos que tienen mas derechos que los mismos nativos de esta ciudad? , y terminar con los famosos asentamientos que afean la ciudad .. gracias..
Ivan