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Artículo Nº 99: Facultades.
1)Confeccionar anualmente el proyecto de presupuesto del Tribunal que no podrá exceder del cero coma cinco por ciento del presupuesto del Municipio.
2)Nombrar y administrar el personal a su cargo de acuerdo a las ordenanzas vigentes.
3)Confeccionar su Reglamento Interno.
4)Inspeccionar y auditar cualquier dependencia municipal sin necesidad de previa comunicación.
5)Adoptar cualquier medida conforme a derecho tendiente a prevenir irregularidades.

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