Artículo Nº 102: Integración.
Estará integrado por: un Presidente que será el Juez de Faltas de la ciudad y cinco vocales.
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Invitamos a participar y aportar sus opiniones y sugerencias a los articulos de la Carta Organica de Puerto Madryn.Otro punto de vista a los Convencionales Constituyentes.
Artículo Nº 102: Integración.
Estará integrado por: un Presidente que será el Juez de Faltas de la ciudad y cinco vocales.
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