Artículo Nº 151: Carácter
El pronunciamiento del electorado en la Consulta Popular no tendrá carácter vinculante y el voto no será obligatorio.
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Invitamos a participar y aportar sus opiniones y sugerencias a los articulos de la Carta Organica de Puerto Madryn.Otro punto de vista a los Convencionales Constituyentes.
Artículo Nº 151: Carácter
El pronunciamiento del electorado en la Consulta Popular no tendrá carácter vinculante y el voto no será obligatorio.
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