Artículo Nº 90: Designación
Serán elegidos por un jurado compuesto por cinco miembros que tendrán a su cargo la evaluación de os postulantes a través de un concurso de oposición y antecedentes, teniendo carácter vinculante su decisión.
El mencionado jurado estará integrado de la siguiente forma: un representante del Departamento Ejecutivo Municipal; dos representantes del Concejo Deliberante que garanticen la representatividad de las minorías; dos representantes de la Asociación de Abogados de Puerto Madryn; los mismos deberán ser abogados. Dichos cargos se desempeñaran ad honorem.
.
0 comentarios:
Publicar un comentario