Artículo Nº 94: Integración.
El contralor de la ejecución del presupuesto y de la gestión financiero-patrimonial de la Municipalidad de Puerto Madryn, sus organismos descentralizados u entes autárquicos se llevará a cabo por medio del TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL.
El mismo estará integrado por tres miembros, debiendo ser uno de ellos Contador Público y otro Abogado. El Presidente del Tribunal, ejercerá el cargo anualmente en forma rotativa, y será elegido por sus pares.
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