Artículo Nº 110:
Dicha Personería se otorgará a cualquier entidad intermedia sin otros requisitos que los de tener su domicilio o actividades dentro del ejido y poseer alguna forma jurídica reconocida por las Leyes.
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Invitamos a participar y aportar sus opiniones y sugerencias a los articulos de la Carta Organica de Puerto Madryn.Otro punto de vista a los Convencionales Constituyentes.
Artículo Nº 110:
Dicha Personería se otorgará a cualquier entidad intermedia sin otros requisitos que los de tener su domicilio o actividades dentro del ejido y poseer alguna forma jurídica reconocida por las Leyes.
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