.
  • Agregar a Technorati
  • Agregar a Del.icio.us
  • Agregar a DiggIt!
  • Agregar a Yahoo!
  • Agregar a Google
  • Agregar a Meneame
  • Agregar a Furl
  • Agregar a Reddit
  • Agregar a Magnolia
  • Agregar a Blinklist
  • Agregar a Blogmarks

Artículo Nº 112: Formación.
Se compondrá por representantes de todas las entidades intermedias reconocidas en el Municipio, elegidos por cada una de ellas. Una ordenanza establecerá la cantidad de concejeros que lo compondrán atendiendo a la cantidad de instituciones registradas.

0 comentarios: