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Artículo Nº 88: Requisitos
Para ser Juez de Faltas se requerirá un mínimo de siete años de ejercicio de la profesión de abogado y un mínimo de dos años de residencia en la Provincia. Para ser Secretario se requerirán tres años de ejercicio de la profesión de abogado y dos de residencia en la Provincia.

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