Artículo Nº 166: Clasificación de gastos
Los gastos se discriminarán de la siguiente forma:
1)Gastos del Concejo Deliberante
2)Gastos del Ejecutivo Municipal
3)Gastos del Juzgado de Faltas
4)Gastos del Tribunal de Cuentas
5)Gastos del Tribunal Electoral
6)Gastos de cualquier otro organismo o repartición que establezcan las Ordenanzas
Todos los gastos de los incisos anteriores deberán ser clasificados en la forma que establezca la Ordenanza de contabilidad municipal que a tales fines y en cumplimiento de esta Carta Orgánica deberá sancionar el Concejo Deliberante.
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