Artículo Nº 214: Vigencia
Esta carta Orgánica entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Chubut.
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Invitamos a participar y aportar sus opiniones y sugerencias a los articulos de la Carta Organica de Puerto Madryn.Otro punto de vista a los Convencionales Constituyentes.
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