Artículo Nº 213:
Hasta tanto se ponga en vigencia e Tribunal de Cuentas, el cargo de Contador Municipal, será cubierto a propuesta del Departamento Ejecutivo Municipal, con acuerdo del Concejo Deliberante, por simple mayoría.
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Invitamos a participar y aportar sus opiniones y sugerencias a los articulos de la Carta Organica de Puerto Madryn.Otro punto de vista a los Convencionales Constituyentes.
Artículo Nº 213:
Hasta tanto se ponga en vigencia e Tribunal de Cuentas, el cargo de Contador Municipal, será cubierto a propuesta del Departamento Ejecutivo Municipal, con acuerdo del Concejo Deliberante, por simple mayoría.
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