Artículo N° 41:
La obra pública concurrirá prioritariamente a paliar carencias de infraestructura básica, especialmente en aquellos asentamientos poblacionales existentes.
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Invitamos a participar y aportar sus opiniones y sugerencias a los articulos de la Carta Organica de Puerto Madryn.Otro punto de vista a los Convencionales Constituyentes.
Artículo N° 41:
La obra pública concurrirá prioritariamente a paliar carencias de infraestructura básica, especialmente en aquellos asentamientos poblacionales existentes.
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