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Artículo N° 3: Limites
Los límites del ejido de la ciudad de Puerto Madryn son los fijados por ley.
Las autoridades municipales podrán solicitar la ampliación del mismo a la Legislatura en los casos de prestación parcial ó total de los servicios municipales fuera del ejido ó si así lo requiriese el crecimiento poblacional.

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